Ariston NRO 841 Manual do Utilizador Página 92

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N° 3546 - 17/11/2010 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°92
lindero más alto de 31,40 nivel techo terminado de azotea, proyectando además en la
terraza, el tanque de distribución de agua, local para máquinas de ascensores, caja de
escalera, calderas, chimeneas, instalaciones de acondicionamiento de aire y parapetos
de azotea, así como otras instala-ciones técnicas no consignadas, hasta una distancia
que no menor de 3,00 m de separación con la parcela 37, continuando con la
expansión del 2º retiro, de altura 28,60 m (altura aproximada de la azotea de la parcela
37), creando un retiro inferior, a nivel 8º piso, y a una altura de 22,88 m.
cOcupación de la Parcela: será de aplicación la ocupación del suelo admitida en el
Distrito R2aI.
d De acuerdo con lo previsto por el Capítulo 4.10. “Completamiento de Tejido“ no
resulta de aplicación el Factor de Ocupación Total (FOT).
Artículo 2º.- Notifíquese al interesado que lo consignado en el Artículo 1º no implica la
aprobación de los planos de obra, ni exime del cumplimiento de las
restantes disposiciones contenidas en los Código de Planeamiento Urbano y de la
Edificación y las relacionadas con los usos a localizar en la oportunidad de la
presentación de la documentación de obra ante la Dirección General de Registro de
Obras y Catastro.
Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha
de notificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación
pertinente ante él o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducará de pleno
derecho lo autorizado precedentemente.
Artículo 4º.- Regístrese, notificase y entréguese copia certificada de la presente,
publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese.
Ledesma
DISPOSICIÓN N.º 285/DGIUR/09.
Buenos Aires, 22 de abril de 2009
VISTO:
El Expediente Nº 70.420/2008 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar
los usos: “Comercio Minorista: Productos Alimenticios en general, bebidas en gral.
Envasadas; Servicios: Casa de Lunch”, para el inmueble sito en la calle Defensa Nº
1745, Planta Baja y Sótano, U.F. Nº 1, con una superficie a habilitar de 70,43m², y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 2c del Distrito APH1 de Zonificación
General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº
1.181-GCBA-2007 (BOCBA Nº 2.772);
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Dictamen Nº
752-DGIUR-2009, obrante a fs. 36 considera que desde el punto de vista urbanístico y
del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los
usos solicitados toda vez que los mismos no generan impactos relevantes en el
Distrito;
Que los usos consignados permitidos son: “Comercio Minorista: Productos alimenticios
y/o bebidas y Servicios de la Alimentación en general”;
Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta
alguna, por lo que no corresponde su visado;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
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